Entrevista y Valija Diplomática, Segunda parte
Esta fue su respuesta: "Pues mira todas las entrevistas salen los Jueves en valija diplomática hacia Madrid, de allí la distribuyen a los diferentes Registros Civiles correspondientes., ahhh y por cierto hoy es Jueves haber si me da tiempo y puedo incluir la tuya en esta remesa.
También le pregunte que cuanto tiempo tardaría en llevar a la localidad donde residía mi pareja, me contesto que eso dependía ya del Registro Civil Central de Madrid y de la cantidad de expedientes acumulados que ellos tuviesen.
Así transcurrió mi entrevista, el me aseguro que la misma saldría ese mismo día a Madrid, España.
Pasaron días y meses y mi entrevista no llegaba, mi pareja ida casi todos los días a ultima hora al Juzgado de su domicilio a esperar al cartero y nunca llegaba nada.
Yo desde mi país empece a llamar y a envíales correos electrónicos al consulado (cientos de E-mail)., Todo era inútil; el Consulado solo le responde al o a los que ellos quieren, tampoco te cogen las llamadas, ni desde España que también llamaban ni desde la isla.
Empece a dar viajes semanales al Consulado en Santo Domingo, hasta que pude entrar y hablar con la misma persona que me había entrevistado. Esta me confirmo que si se había enviado mi entrevista a España y que le había dado mi expediente al mismisimo Cónsul para que lo firmase y pudiera salir en valija diplomática ese mismo día de mi entrevista,
En el Registro Civil Consular también figuraba en el ordenador mi entrevista como enviada el 11 de noviembre 2010. Claro, ellos decían que el atasco estaba en Madrid.
A lo que mi pareja estuvo llamando al Director del Registro Central de Madrid, a su secretaria y ellos muy amablemente nos ayudaron en todo cuanto estaba en sus manos y según ellos habían revisado todas las valijas diplomáticas de los últimos 2 meses y había ninguna correspondencia dirigida al Juzgado de Paz del municipio de mi pareja.
Dentro del plazo máximo legal para ellos responder a la Solicitud de Cooperación Judicial (Exhorto), enviaron una carta al Juzgado de Paz de la localidad donde reside mi pareja, diciendo:
Estimada señores:
En relación con su expediente, le informo de que la legislación dominicana no contempla la posibilidad de matrimonios por poder.
Como ustedes sabe, las representaciones consulares de otros Estados están obligadas a respetar la legislación del Estado ante el que están acreditadas.La legislación dominicana no permite el matrimonio por poder por lo que no podemos contravenir la legislación local.
Atentamente,
Registro Civil-ms
Cónsul General de España
Consulado General de España en Santo Domingo de Guzmán
Cónsul General de España
Consulado General de España en Santo Domingo de Guzmán
En conclusión, ellos nunca enviaron mi entrevista a España. Se procedió entonces a aplicar lo que manda las leyes Españolas ya que, en ningún momento estos procedimientos van basados bajo las leyes Dominicanas.
Lo siguiente fue una providencia del Juez al Ministerio Fiscal para autorizar el matrimonio pretendido, teniendo en cuenta que solamente uno de los futuros contrayentes tiene residencia legal en España y lo que se dispone en la Resolución Circular del 29 de Julio de 2005, punto III letra F, de la Dirección General de Registros y Notariado.
Resolución: Puesto que el expediente estaba correcto y todos sus documentos legalmente apostillados por La Haya y amparados por las leyes Españolas en los correspondientes códigos, el fiscal autorizó el expediente para que el Juez de su localidad pudiera celebrar la boda.
He tratado de resumir lo mas breve posible. En las siguientes entradas les contaré más detalles de la boda., como y cuando recibí el Libro de Familia y todo lo concerniente a la visa de Reagrupacion Familiar en Régimen Comunitario.
Cualquier duda o pregunta no duden en dejar sus comentarios. Gracias!!!!
Necesito preguntarte algo , te escribo a tu correo y nada . Envíame un mensaje por favor sinlimite1112@hotmail.com
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